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Sanciones y control de las exportaciones

 
 

Sanciones y control de las exportaciones

Nos comprometemos a garantizar que nuestra actividad se desarrolle de acuerdo con todos los regímenes aplicables en materia de sanciones y controles a las exportaciones y no participamos en ninguna operación que implique o beneficie a partes sancionadas allí donde esté prohibido hacerlo.

 

Las sanciones incluyen prohibiciones o restricciones relativas a las siguientes cuestiones (tanto directa como indirectamente):

  • exportaciones, reexportaciones o trasbordo de productos o servicios con origen o destino en un territorio sancionado
  • importaciones procedentes de un territorio sancionado u operaciones con productos o servicios que tengan su origen en él
  • inversiones, operaciones de fusiones y adquisiciones y otras transacciones que impliquen a un territorio sancionado o a partes sancionadas
  • entrega de fondos o recursos a partes sancionadas
  • realizar/recibir pagos con origen o destino en territorios sancionados o partes sancionadas
  • transferir software, hardware, datos técnicos o tecnología restringida a territorios sancionados concretos mediante envíos físicos, por correo electrónico, descargas o incluso trasladándolos personalmente al visitar el territorio sancionado
 

Conocimiento y cumplimiento de las sanciones y controles a las exportaciones

Debemos conocer y cumplir plenamente todos los sistemas de sanciones y controles a las exportaciones aplicables que afecten a nuestra actividad. Debemos asegurarnos de no llevar a cabo nunca directa ni indirectamente las siguientes acciones:
  • suministrar nuestros productos, o permitir que nuestros productos se suministren a ninguna persona;
  • comprar productos a ninguna persona; u
  • operar de otra forma con ninguna persona o bien contraviniendo sanciones, embargos comerciales, controles a las exportaciones o restricciones comerciales de otro tipo aplicables

Las sanciones pueden imponerlas los países a nivel individual, como EE. UU. o el Reino Unido, u organismos supracionales, como las Naciones Unidas o la UE.

Las sanciones no solo van dirigidas a países enteros con restricciones económicas, comerciales o diplomáticas. Cada vez más se refieren a operaciones directas o indirectas con personas, empresas, organizaciones y grupos sancionados de todo el mundo y sancionados por diferentes motivos políticos. Algunos regímenes de sanciones son muy amplios; por ejemplo, las sanciones de EE. UU. pueden aplicarse incluso a personas no estadounidenses como BAT aun cuando actúen totalmente fuera de Estados Unidos. En particular, las sanciones de EE.UU. prohíben el uso de dólares estadounidenses y de bancos de EE. UU. incluso para los pagos entre partes no estadounidenses que impliquen a territorios sancionados o partes sancionadas, así como las exportaciones/reexportaciones/transbordo de productos de origen estadounidense y productos con contenido de origen estadounidense a o para territorios sancionados o determinadas personas sancionadas.

Además de las sanciones, los controles a las exportaciones imponen obligaciones de licencia a los movimientos transfronterizos de determinados tipos de artículos, como productos de «doble uso» y software y tecnología asociados, debido a su posible uso militar e independientemente de quien esté implicado. Algunos ejemplos de «uso dual» incluyen determinados tipos de maquinaria, software de encriptación y equipos informáticos. Si se aplican controles a las exportaciones de un artículo concreto, debemos asegurarnos siempre de que contamos con las licencias correspondientes antes de exportarlo.

Incumplir las sanciones y controles a las exportaciones comporta penalizaciones graves, incluyendo multas, pérdida de licencias de exportación y penas de prisión, además de importantes años para la reputación.

 

Pasos para garantizar el pleno cumplimiento

En línea con el Procedimiento de cumplimiento de sanciones, los controles internos de las empresas y unidades de negocio del Grupo deben minimizar el riesgo de incumplir las sanciones y controles a las exportaciones y ofrecer formación y soporte para garantizar que los empleados los conocen e implementan de forma efectiva, especialmente si su trabajo implica transferencias financieras internacionales o la compra y suministro transfronterizo de productos, tecnologías o servicios.

La lista de partes y territorios sancionados cambia con frecuencia. Si nuestro trabajo implica la venta o envío de productos, tecnologías o servicios a nivel transfronterizo, debemos mantenernos al día con respecto a las normas y respetar en todo momento nuestro Procedimiento de cumplimiento de sanciones.

A pesar de la existencia de sanciones, a menudo puede seguir siendo legal realizar operaciones que impliquen o beneficien directa o indirectamente a un territorio sancionado. Sin embargo, se trata de un análisis complejo, y por eso se necesita la aprobación de LEX para operar con un territorio sancionado. También debemos consultar a LEX si existen alertas relativas a una transacción que pueda implicar a un territorio sancionado.

Todas las empresas del Grupo deben seguir el Procedimiento de cumplimiento de M&A.

También debemos notificar al Consejo LEX inmediatamente si recibimos sanciones relativas a comunicaciones o solicitudes de organismos oficiales o nuestros socios empresariales (incluidos nuestros bancos). Nuestros bancos suelen tener expectativas más allá de la ley a las que respondemos a través de nuestros requisitos de transparencia. Debemos asegurarnos de ser transparentes con nuestros bancos y otros socios empresariales acerca de si tenemos intención de implicarlos en actividades sensibles en materia de sanciones. En particular, no debemos ocultar ni disimular nunca el hecho de que una actividad empresarial en particular puede ser objeto de sanciones.

Para obtener más información relativa a las sanciones y medidas que adoptamos para paliar esos riesgos, consulte nuestro Procedimiento de cumplimiento de sanciones.

 

Con quién hablar

  • Su superior directo
  • La Dirección Ejecutiva
  • El Consejo LEX local
  • Responsable de cumplimiento: sobc@bat.com